martes, 5 de agosto de 2014

Abusos en la factura de la luz

Abusos en la factura de la luz  x Felipe Serrano   
Análisis del secretario general de FACUA Jaén sobre las consecuencias del proceso de liberalización iniciado en 1997 por el PP y continuado posteriormente con el PSOE. 
El proceso de liberalización del sector eléctrico iniciado en España en 1997, gobernando el PP, continuó con el PSOE quién en 2009 designó a cinco empresas (Endesa, Gas Natural, Fenosa, Iberdrola, HC Energía y E.ON), las únicas que pueden vender la energía eléctrica a tarifa.
Siempre vinculado a directivas comunitarias, nos dicen que con la finalidad de beneficiar al consumidor, sin embargo ha conllevado hasta el momento en España una subida del precio de la electricidad de casi el 80% en los últimos diez años. Subidas que se han visto agravadas por la subasta impuesta por el Gobierno del PSOE en 2009, que introdujo un plus de especulación en el sistema. Ello ha supuesto un incremento espectacular de las quejas de los consumidores, situándose en la actualidad en el tercer sector con más consultas y reclamaciones.
Pobreza energética
Esta liberalización ha ido acompañada de la famosa “puerta giratoria”, ya que entre estas compañías y las de gas ha dado lugar a que 24 altos excargos públicos de los distintos gobiernos de España (Felipe González (PSOE) y José María Aznar (PP), entre otras personalidades) encuentren cabida en estas empresas eléctricas.
Sin embargo la pobreza energética y la exclusión han aumentado en estos años. España es el cuarto país de la UE con más personas en situación de pobreza energética. Siete millones de españoles gastan más del 10% de sus ingresos en pagar las facturas de la luz y cuatro millones no pueden mantener sus viviendas a una temperatura adecuada en los meses duros de invierno.
Al despropósito regulatorio emprendido en estos últimos años por distintos gobiernos, se suma ahora, la nueva metodología de cálculo de los precios de la luz y su facturación, aprobada por el ministro Soria. No se entiende como una norma de tanta importancia, se ha tramitado sin una participación activa de los legítimos representantes de los consumidores, que sólo pudieron conocer el contenido de la norma con un escaso plazo de cinco días para hacer las oportunas alegaciones. Este aspecto, entendemos que vulnera los principios básicos de la participación ciudadana (que los deja a su mínima expresión), evidenciando una clara falta de voluntad por parte del ministerio de Industria y Energía de establecer procedimientos de participación que hagan del consumidor y sus representantes sujeto activo, y no meramente pasivo, en cuanto a la regulación de un sector como es el energético que afecta en las condiciones de vida de los ciudadanos, representando un suministro básico y esencial para una vida digna y previos ya a los alarmantes avisos que se están produciendo, no solo desde organizaciones sociales de España sino también desde organismos internacionales en relación al aumento de la pobreza energética. Tarifas para no saber
Los consumidores tendrán ahora tarifas diferentes en función del tipo de contador instalado en cada domicilio y de su integración, o no, en un sistema de telegestión que genera una clara discriminación entre los consumidores y que impedirá conocer realmente el precio de la electricidad antes de que llegue la factura. El precio de kw/h se calculará cada hora y en base a perfiles de consumo estimados durante todo el periodo de facturación (1440 tarifas distintas). Todo ello conforme a una fórmula matemática de cálculo de tal complejidad que el Gobierno debe habilitar una herramienta para que posteriormente el consumidor calcule y compruebe si su factura es correcta.
Por lo que el galimatías que se ha regulado, y que aplicarán las empresas eléctricas a todos los consumidores domésticos, pone en evidencia que este sistema dista mucho de ser un sistema de precios fácil, transparente, comprensible y comparable. Este sistema facilitará a las compañías nuevas subidas injustificadas y provocará un autentico caos, con un recibo infinitamente más opaco que hará prácticamente imposible verificar si se producen errores o fraudes en la facturación. Es un caótico modelo tarifario el impuesto en España por el gobierno del Partido Popular, que ahora nos recorta hasta el derecho a saber el precio de la luz. No podemos olvidar que la propia Ley de 24/2013 de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, establece en su artículo 44 el derecho a «ser suministrados a unos precios fácil claramente comparables, transparentes y no discriminatorio».
Vulnera la legislación española en materia de consumo ya que no se conocerá el precio del servicio con antelación a su aplicación y cobro y además se modificará el mismo sin facilitar esta información previamente a los usuarios de manera que puedan decidir si aceptan o no las nuevas condiciones que estable su compañía comercializadora.
Derechos vulnerados
La metodología de cálculo de los Precios Voluntarios para el pequeño Consumidor (PVPC) y su régimen jurídico de contratación plantea que los usuarios no podrán conocer de antemano las tarifas que les aplicarán. Así el importe de cada KW/h consumido será distinto cada día o cada hora, según el tipo de contador que tengan instalados los consumidores.
El nuevo sistema de tarifas impuesto por el Gobierno, no sólo facilitará a las compañías nuevas subidas injustificadas, sino que vulnera la legislación española en materia de consumo, según lo recogen los artículos 20 y 60 del Real Decreto 1/2007, de 16 de noviembre, en el artículo 85.10 de la citada norma se consideran abusivas «las clausulas que prevean la estipulación del precio en el momento de la entrega del bien o servicio». La información sobre el precio de un servicio antes de su contratación en un derecho esencial de los consumidores, reflejado en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Asimismo se debería entender como práctica abusiva de acuerdo al artículo 85.7 de Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores Usuarios y otras leyes complementarias, según el cual: «Las cláusulas que supongan la supeditación a una condición cuya realización dependa únicamente de la voluntad del empresario para el cumplimiento de las prestaciones, cuando al consumidor y usuario se le haya exigido un compromiso firme».
La nueva factura no va a ser entendida por los consumidores y desde luego va a ser más difícil demostrar los errores y es que implica la imposición al consumidor del pago de tarifas que no conocerá hasta recibir la factura y que dependerán del mecanismo de fijación en el mercado mayorista diseñado por el Gobierno del PP a finales de los 90. Los problemas van a surgir el primer mes: cuando un usuario reciba un susto porque el mercado se haya disparado y llegue una factura más que alta en su precio. ¿Qué pasará cuando empiece a llegarle al usuario la factura con un precio distinto cada hora?. El Gobierno actual, lo que ha hecho es desentenderse, ya que lo ha dejado en manos de las empresas y estas están en manos de bancos nacionales como BBVA, Santander o extranjeros como Golmand Sanchs.
Mayor exclusión social
Para los consumidores vulnerables no está recogida la diferenciación del procedimiento de suspensión para este tipo de usuarios, en este sentido ante la situación de aumento de la pobreza energética en España que afecta irremediablemente al acceso de una parte de la población a un suministro esencial y básico como es el eléctrico y la inexistencias de medidas que impidan que una familia o usuario pueda ser privado de electricidad, generando con ello mayor exclusión social, por la imposibilidad de hacer frente a los altos precios del suministro, afectando a un colectivo cada vez más desprotegido, el consumidor doméstico y que no se le garantice que no le será suspendido el mismo durante aquellos periodos en los que la temperatura externa pueda poner en peligro la salud de aquellos ciudadanos que no tengan acceso al suministro.
Prácticas fraudulentas
Las empresas eléctricas vienen utilizando prácticas comerciales fraudulentas por las empresas eléctricas, como que realicen visitas a los domicilios de los usuarios o contactando por teléfono a raíz de los cambios que se han efectuado en la normativa que regula las tarifas con la entrada en vigor del Real Decreto 216/2014 de 28 de marzo, para pasarlos del mercado regulado al libre, a pesar de no haber (a veces) dado su consentimiento para ello. Al pasarse al mercado libre las tarifas a aplicar son fijadas libremente por cada empresa así como las condiciones de contratación. Para ello ofrecen un descuento del 10% ó 15% que no es tal, ya que solo es sobre la potencia contratada y además les imponen un denominado «servicio de asistencia técnica» por importe de 6 Euros o más en la factura bimensual, que es como un seguro, que ya lo tiene cubierto el consumidor con el seguro hogar de su vivienda. Estos nuevos contratos recortan sus derechos y eliminan algunas de las obligaciones impuestas a las eléctricas que permanecen vigentes en el mercado regulado.
Endesa y sus facturas con ICP
Algunas compañías como Endesa, utilizan prácticas fraudulentas contra sus usuarios, ya que les vienen pasando desde hace más de dos años, en la factura bimensual un importe de Penalización por ICP de 6 € o de 12 € e incluso de más cuantía, la inmensa mayoría de sus clientes, no saben a que corresponden, cuando preguntan que es el ICP (que significa Interruptor de Control de Potencia) y se ponen en contacto con la compañía, esta les indica que es la Penalización por no tenerlo instalado en su domicilio, sin embargo no les comunicó de una manera cierta que era obligado tenerlo. Por lo que, se está Endesa beneficiando de miles de euros, sin haber cumplimentado sus obligaciones de aviso a sus clientes.
Iberdrola incoada
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha incoado expediente sancionador a Iberdrola Generación por su actuación previa a la subasta del pasado diciembre y que el Gobierno anuló para evitar una subida de la luz del 11%. Iberdrola puede ser sancionada en base al artículo 60, apartado 15 de la Ley del Sector Eléctrico en vigor en aquellas fechas. Este artículo establece que «una infracción muy grave» la «manipulación fraudulenta que altere precio». Iberdrola niega haber cometido irregularidades sobre manipulación de precios en torno a la subasta, la CNMC abrió un análisis sobre aquellos días y en un primer informe, determinó que se habían producido «movimientos atípicos» y quedó pendiente de concluir un segundo informe.
De confirmarse las gravísimas irregularidades, Competencia debe de aplicar la multa máxima que fija la ley para las infracciones muy graves. Las irregularidades constatadas por la CNMC ponen de manifiesto una vez más la necesidad de desarrollar una auditoria histórica sobre el déficit de tarifa con el objeto de determinar si las eléctricas han venido hinchando artificialmente los precios de la luz desde la liberalización del sector emprendida hace década y media.
Periódico CNT nº 413 - Julio 2014

No hay comentarios:

Publicar un comentario