Hacienda compara al PP con Cáritas para afirmar que no hubo delito en sus impagos fiscales
El Diario | 17/03/2015
La Agencia Tributaria insiste en su 
idea de que el PP no cometió delito fiscal y que tenía derecho a no declarar las 
donaciones recibidas en 2008 que Bárcenas recogió en su contabilidad manuscrita. 
El departamento que dirige Cristóbal Montoro señala, sin embargo, que, si el PP 
hubiera decidido pagar el impuesto de sociedades por el dinero recibido, la 
cuenta le hubiera salido a pagar por encima de los 220 mil euros.
La dimensión de la cifra no es un tema 
menor, ya que, de prosperar la postura del juez (que el PP tenía obligación de 
tributar por las donaciones), la cantidad calculada por el fisco situaría al PP 
como responsable de la comisión de un delito fiscal.
Hacienda ha remitido al juez de la Audiencia Nacional 
un documento en el que afirma que las donaciones realizadas al PP en el 
ejercicio 2008, como entidad sin ánimo de lucro, están exentas de tributación al 
haber quedado “acreditado” que destinó los fondos obtenidos al objeto principal 
del partido y, por tanto, no aprecia delito fiscal.
Según la Agencia Tributaria, las 
donaciones a entidades sin ánimo de lucro “siempre” han estado exentas, y añade 
que el único requisito legal para la aplicación de la exención es que los fondos 
se dediquen al objeto principal de la entidad sin ánimo de lucro. Este uso 
habría quedado “acreditado” en este caso, a su juicio.
De este modo, afirma que no estarían 
exentas las donaciones privadas que se desviaran del fin propio de la entidad, 
como cuando se considere una asociación ilícita o bien una entidad con fines 
lucrativos y, por ejemplo, reparta dividendos a sus afiliados, pero sí aquellas 
destinadas a entidades sin ánimo de lucro, “como puede ser un partido, Cáritas o 
la Cruz Roja”, cuyo beneficiario de la exención “es el conjunto de la 
sociedad”.
Para la Agencia Tributaria, habría 
quedado acreditado que las donaciones que recibió el PP fueron a fines propios 
de un partido político, como es el caso del pago de actos electorales, obras en 
inmuebles del partido, etc., cumpliendo, “con independencia de su origen”, con 
el fin de interés general, “bien jurídico protegido por la exención fiscal”.
La Agencia Tributaria responde al juez 
Ruz, quien le había solicitado que determinara “la eventual responsabilidad” que 
pudiera alcanzar al PP por el Impuesto sobre Sociedades de 2008 –último año no 
prescrito– y por el IVA en relación con las donaciones que recibió en dicho 
ejercicio, a pesar de que considera que la petición del juez podría constituir 
una solicitud “exorbitante al marco legal del auxilio judicial”, con una posible 
“invasión” de las competencias de la Administración Pública por el órgano 
judicial.
En el documento, que remitió al juez 
Ruz el pasado lunes 16 de marzo, el organismo dirigido por Santiago Menéndez 
realiza dos simulaciones de liquidación del Impuesto de Sociedades del PP del 
año 2008 de acuerdo con las supuestas donaciones ilegales que habría recibido 
por importe de 888.000 euros, según las anotaciones del extesorero del partido 
Luis Bárcenas, porque así se lo pide el juez, pese a que considera que la base 
imponible calculada, al computar ingresos pero no gastos, resulta “irreal y 
contraria al principio de verdad material”.
En la primera, suma como ingresos los 
888.000 euros de donaciones presuntamente irregulares que recibió el PP en 2008, 
pero no incluye los posibles gastos deducibles a que pudiera tener derecho, 
también de acuerdo con las anotaciones de Bárcenas, por importe de 1.646.710 
euros, ni tampoco aquellos otros gastos derivados del funcionamiento del 
partido. Bajo esta premisa, estima que la cuota dejada de ingresar por el 
Impuesto de Sociedades habría ascendido a 220.167,04 euros y, por tanto, el PP 
habría cometido delito fiscal.
En cambio, en la segunda simulación que 
realizan los funcionarios de la Agencia Tributaria, los ingresos son los mismos 
(888.000 euros de supuestas donaciones irregulares), tampoco se consideran los 
gastos deducibles de acuerdo con las anotaciones de Bárcenas, pero sí aquellos 
otros realizados por el PP, con lo que la cuota dejada de ingresar se rebajaría 
hasta los 25.630,03 euros, en este caso por debajo de los 120.000 euros que 
marcan el delito fiscal.
En cuanto al IVA, la Agencia Tributaria 
sostiene que el PP tiene en el caso de las operaciones examinadas la condición 
de destinatario y, por tanto, no de sujeto pasivo del IVA.
Por último, el organismo dependiente 
del Ministerio de Hacienda asegura al juez Ruz que colabora “leal y 
continuamente” con la Administración de Justicia en las investigaciones 
judiciales, cuando así lo requieren los tribunales y que a ello dedica un 
“enorme esfuerzo organizativo”. “Nunca ha habido una colaboración tan estrecha y 
fluida”, añade la Agencia Tributaria, que indica que en 2014 un total de 1.409 
funcionarios han prestado colaboración en procedimientos judiciales.
Así, asegura que ha sido “dura” cuando 
ha localizado delito, con independencia de los agentes afectados, y recuerda 
que, cuando ha apreciado la existencia de un posible delito fiscal (“por una 
empresa que ejecutó unas obras de arquitectura”, asegura en referencia a las 
obras de la sede del PP en Génova, aunque no lo cita), lo ha explicitado en sus 
informes, personándose entonces como perjudicada en la causa.
 
 
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