Si Syriza siguiera al pie de la letra las exigencias de la UE en materia de auditoría de la deuda. Éric Toussaint. CADTM
 
Desde el anuncio de 
elecciones en Grecia el 25 de enero de 2015, la posibilidad de que 
Syriza salga victoriosa en las urnas y forme gobierno se ha presentado 
como una amenaza para la opinión pública internacional, y 
particularmente para la de la eurozona. Sin embargo, aquellos que hacen 
saltar la alarma saben perfectamente que Syriza anunció que no 
suspenderá el pago de la deuda ni saldrá del euro una vez llegue al 
gobierno. Syriza propone una renegociación de la deuda a escala europea y
 desea que Grecia permanezca en la eurozona. En cambio, Syriza se 
compromete a poner fin a las medidas de austeridad, injustas y 
antisociales implementadas por los anteriores gobiernos y la troika.
Esta
 campaña sobre las supuestas amenazas que representa Syriza pretende 
intimidar al electorado griego con el fin de que renuncien a su derecho 
al cambio. De igual modo pretende poner a una parte de la opinión 
pública europea en contra de la coalición de izquierda radical griega 
para intentar evitar que, acto seguido, Podemos en España pueda ganar 
las elecciones en otoño de 2015.
La deuda reclamada a Grecia 
representa el 175% de la riqueza producida en el país en un año y supone
 un lastre insostenible para el pueblo heleno.
¿Qué pasará si 
Syriza, una vez en el gobierno, decidiera tomar literalmente el artículo
 7 de un reglamento adoptado en mayo de 2013 por la Unión Europea para 
los países sometidos a un plan de ajuste estructural? Entre estos, sobre
 todo Grecia, Portugal y Chipre.
El punto 9 del artículo 7 
prescribe a los países bajo ajuste estructural la realización de una 
auditoría integral a fin de determinar por qué el endeudamiento aumentó 
de manera exagerada y desvelar irregularidades. He aquí el texto 
completo del punto 9 del citado artículo 7: "Un Estado miembro sometido a
 un programa de ajuste macroeconómico efectuará una auditoría exhaustiva
 de sus finanzas públicas a fin, entre otras cosas, de evaluar las 
razones por las que se ha incurrido en niveles excesivos de 
endeudamiento y de detectar cualquier posible irregularidad."
El 
gobierno de Antonis Samaras se abstuvo de aplicar esta disposición del 
reglamento para así ocultar a la población griega los verdaderos motivos
 del aumento de la deuda y las irregularidades vinculadas al respecto. 
En noviembre de 2012, el Parlamento dominado por la derecha había 
rechazado la moción presentada por Syriza para la creación de una 
comisión de investigación sobre la deuda, con 167 votos en contra, 119 a
 favor y cero abstenciones.
Está claro que tras una victoria 
electoral de Syriza, el gobierno que se formase bajo su liderazgo podría
 perfectamente tomarle la palabra a la Unión Europea al constituir una 
comisión de auditoría de la deuda (con participación ciudadana) con el 
propósito de analizar el proceso de endeudamiento excesivo de Grecia 
para desvelar las posibles irregularidades e identificar las partes que 
sean ilegales, ilegítimas, odiosas… de esa deuda.
La participación
 ciudadana resulta fundamental de cara a un proceso de auditoría que se 
quiere sea riguroso e independiente. Pero hay que destacar que en el 
reglamento antes citado, en su artículo 8, se recomienda la 
participación "de los interlocutores sociales y de la sociedad civil" en
 la elaboración de un "programa de ajuste macroeconómico". Razón de más 
pues para que se involucren activamente en la auditoría. 
Algunos elementos clave que la realización de la auditoría podría sacar a la luz:
La
 deuda griega, que representaba el 113% del PIB en 2009 antes del 
estallido de la crisis en el país y la intervención de la troika, que 
posee 4/5 partes de esa deuda, pasó al 175% del PIB en 2014. Por tanto, a
 la intervención de la troika le ha seguido un aumento muy fuerte de la 
deuda griega.
A partir de 2010 y hasta 2012 los créditos 
concedidos por la troika a Grecia sirvieron en gran parte para rembolsar
 a los acreedores durante ese período, a saber, los bancos comerciales 
de las principales economías de la UE, comenzando por las entidades 
alemanas y francesas. Cerca del 80% de la deuda griega en 2009 estaba en
 manos de bancos comerciales de países de la UE. Entre estos, solo los 
bancos alemanes y franceses mantenían en torno al 50% del total de 
títulos públicos griegos.
Una auditoría de la deuda griega mostrará 
que los bancos comerciales europeos aumentaron con intensidad sus 
créditos a Grecia entre finales de 2005 y 2009 (los créditos se 
incrementaron en más de 60.000 millones de euros, pasando de 80.000 
millones a 140.000 millones) sin considerar la capacidad de Grecia para 
devolverlos. Los bancos actuaron de manera temeraria, convencidos de que
 las autoridades europeas vendrían en su auxilio en caso de problema. 
Como
 ya se ha indicado más arriba, la auditoría mostrará que el presunto 
plan de rescate a Grecia, puesto en marcha por las autoridades europeas 
con la ayuda del FMI, ha permitido en realidad que los bancos de algunos
 países europeos con un peso decisivo en las instancias europeas 
continúen recibiendo los reembolsos de Grecia transfiriendo el riesgo a 
los Estados a través de la troika. No es Grecia quien ha sido rescatada,
 sino un puñado de grandes bancos comerciales europeos implantados 
principalmente en los países más fuertes de la UE. 
Los bancos 
comerciales han sido así pues reemplazados por la troika, que ha pasado a
 ser el principal acreedor de Grecia desde finales de 2010. 
La 
auditoría analizará la legitimidad del plan de rescate. ¿Resulta este 
conforme a los tratados de la UE (principalmente el artículo 125, que 
prohíbe a un Estado miembro hacerse cargo de los compromisos financieros
 de otros Estados miembros)? Los prestamistas públicos en 2010 (es 
decir, los 14 Estados miembros que concedieron préstamos a Grecia por un
 total de 53.000 millones de euros, el FMI, el BCE, la Comisión Europea,
 etc.), ¿han respetado el principio de autonomía de la voluntad del 
prestatario, a saber Grecia? ¿O se han beneficiado de su angustia ante 
los ataques especulativos de los mercados financieros para imponerles 
contratos que van en contra de su propio interés? Estos prestamistas, 
¿han impuesto condiciones leoninas, sobre todo al exigir para su 
devolución tipos de interés exagerados?
Se trata asimismo de 
auditar la acción del FMI. Sabemos que en el seno de la dirección del 
Fondo varios directores ejecutivos (el brasileño, el suizo, el 
argentino, el indio, el iraní, el chino, el egipcio) mostraron sus 
grandes reservas con respecto al préstamo acordado por el FMI, afirmando
 sobre todo que Grecia no sería capaz de devolverlo dadas las políticas 
que le eran impuestas. El gobierno griego, ¿solicitó a la administración
 encargada de las estadísticas, en connivencia con el anterior director 
gerente del Fondo, falsear los datos exactos a fin de presentar un 
boletín sobre la salud financiera del país tan malo que permitiera al 
FMI poner en marcha un plan de rescate? Varios altos funcionarios 
griegos así lo afirman. 
¿Ha sobrepasado el BCE de manera grave 
sus prerrogativas al exigir al Parlamento griego que legislara sobre el 
derecho de huelga, la Sanidad, el derecho de asociación, la educación y 
la legislación sobre la fijación de salarios?
En marzo de 2012, la
 troika organizó una reestructuración de la deuda griega que fue 
presentada en su momento como un éxito. Recordemos que el entonces 
primer ministro, Yorgos Papandréu, anunció a principios de noviembre de 
2011, en la víspera de una reunión del G-20, su intención de convocar un
 referéndum para febrero de 2012 sobre esa reestructuración de la deuda 
preparada por la troika. Ante la presión de esta, aquel referéndum jamás
 tuvo lugar y se le retiró el derecho al pueblo griego a pronunciarse 
sobre las nuevas deudas. Los grandes medios de comunicación dieron eco 
al discurso de que la reestructuración permitía reducir la deuda griega 
en un 50%. En realidad, esta deuda es mayor en 2015 que en 2011, el año 
previo a la gran anulación del supuesto 50%. La auditoría mostrará que 
esta operación de reestructuración, que constituye una vasta 
superchería, estaba vinculada a la profundización de las políticas 
contrarias al interés de Grecia y de su población.
La auditoría 
deberá evaluar si las estrictas condiciones impuestas por la troika a 
Grecia en contraprestación a los créditos constituyen una violación de 
una serie de tratados y convenciones que han de ser respetados tanto por
 los acreedores como por el prestatario, Grecia. El profesor de Derecho,
 Andreas-Fischer-Lescano, comisionado por la Cámara de Trabajo de Viena 
demostró de manera irrefutable que los programas de la troika son
 ilegales en virtud del derecho europeo y del derecho internacional. Las
 medidas definidas en los programas de ajuste a los que Grecia fue 
sometida y las políticas concretas que son la consecuencia directa de 
ello violan una serie de derechos fundamentales, tales como el derecho a
 la sanidad, a la educación, a la vivienda, a la Seguridad Social, a un 
salario justo, pero también a la libertad de asociación y a la 
negociación colectiva. Todos estos derechos están protegidos por 
numerosos textos jurídicos a escala internacional y europea, como la 
Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, el Convenio Europeo
 de Derechos Humanos, la Carta Social Europea, los dos pactos de la ONU 
sobre Derechos Humanos, la Carta de Naciones Unidas, la Convención sobre
 los Derechos del Niño de la ONU, la Convención de la ONU sobre los 
Derechos de las Personas con Discapacidad, pero también los convenios de
 la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que tienen el estatus 
de Principios Generales del Derecho (PGD). La lista de artículos 
conculcados por los memorándums impuestos a Grecia, que muestra 
meticulosamente el profesor Fischer-Lescano es impresionante y 
compromete a la responsabilidad jurídica de las entidades que conforman 
la troika o aquellas puestas en marcha por esta (como el Mecanismo 
Europeo de Estabilidad, por ejemplo).
La auditoría determinará si,
 como exige el Reglamento (UE) nº 472/2013 del Parlamento Europeo y del 
Consejo, del 21 de mayo de 2013, antes citado, el "programa de ajuste 
macroeconómico respeta plenamente el artículo 152 del Tratado de 
Funcionamiento de la Unión Europea y el artículo 28 de la Carta de los 
Derechos Fundamentales de la Unión Europea". La auditoría debe verificar
 igualmente si ha sido respetado el siguiente pasaje del Reglamento: 
"Los esfuerzos de consolidación presupuestaria establecidos en el 
programa de ajuste macroeconómico tendrán en cuenta la necesidad de 
garantizar recursos suficientes para las políticas fundamentales, como 
la educación y la salud." Se trata asimismo de verificar si se ha 
aplicado este principio fundamental del Reglamento: "En el artículo 9 
del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) se dispone que,
 en la definición y ejecución de sus políticas y actividades, la Unión 
tendrá en cuenta las exigencias relacionadas con la promoción de un 
nivel de empleo elevado, con la garantía de una protección social 
adecuada, con la lucha contra la exclusión social y con un nivel elevado
 de educación, formación y protección de la salud humana." Se trata de 
contraponer esto con el informe de evaluación de la puesta en marcha del
 segundo programa de ajuste estructural, publicado en abril de 2014, por
 los servicios competentes de la UE y en el que los autores se felicitan
 de la reducción de un 20% de los empleos públicos griegos. En el 
recuadro titulado "relatos de logros del programa de ajuste económico" 
(Success stories of the Economic Adjustment Programme) se puede leer que
 las reformas del mercado laboral han permitido reducir el salario 
mínimo legal y que se han suprimido 150.000 empleos en la Administración
 Pública (decrease in general government employement by 150,000, p. 10).
 
La auditoría deberá demostrar que las medidas dictadas por los 
acreedores constituyen regresiones manifiestas en el ejercicio de los 
derechos humanos fundamentales y la violación flagrante de una serie de 
tratados. Se pueden identificar importantes irregularidades. En 
consecuencia, la comisión encargada de la auditoría podrá emitir una 
opinión argumentada acerca de la legalidad, la ilegitimidad e incluso la
 nulidad de la deuda contratada por Grecia con la troika.  .
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Traducción: Antonio Sanabria. 
 
 
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