martes, 12 de marzo de 2013

Una de jueces

 

Una de jueces

Sabino Cuadra
Según una encuesta publicada hace siete meses (“El País”, 12 de agosto de 2012) el funcionamiento de la Justicia es considerado “malo” por el 69% de la ciudadanía. El peor resultado de los últimos 25 años.
Da la pinta además que, como en tantas otras cosas, el olfato de la gente hila fino.
          Me sumo a esa misma opinión. Acabo de recibir un Auto judicial en el que se acuerda el sobreseimiento y archivo de la denuncia por mí formulada por los malos tratos y porrazos policiales recibidos en el transcurso de la huelga general convocada el pasado 26 de septiembre en Euskal Herria por la mayoría sindical vasca y un sinnúmero de grupos y colectivos sociales.

          Durante la misma me dirigí en un par de ocasiones a miembros de la Policía para solicitarles explicaciones por unas actuaciones suyas que entendí eran injustificadas y desproporcionadas. En las dos me identifiqué y acredité como miembro del Congreso español, pero ello no impidió que recibiera sendos porrazos por entender, pienso yo, que como ya en su día afirmó, Manuel Fraga, “la calle es mía”, es decir, suya, y que yo, allí, estaba de sobra.

          En el Auto judicial se afirma que no cabe hablar de un posible delito de atentado contra la autoridad (art. 550 Código Penal) porque “aún cuando el denunciante esgrimió ante los funcionarios policiales su condición de parlamentario español, miembro del Congreso de los Diputados, es evidente que no se encontraba realizando ninguna función propia de dicha condición”. Es decir, se entendía que aquel no era lugar ni momento para que un parlamentario anduviera por allí, en una huelga general, ejerciendo de tal.

          Pues bien, supongamos ahora que las tortas, los porrazos, o lo que sea, se las dan al Juez que ha dictado el Auto comentado por pedir explicaciones similares en circunstancias parecidas, es decir, fuera del Juzgado y horario de trabajo, tras identificarse oportunamente. ¿Archivaría su señoría el expediente o enviaría a galeras al aguerrido y puntilloso agente del orden que se atrevió a aporrear y violentar, porque sí, a un representante del poder judicial?

          En nuestra oficina del Congreso solemos recibir invitaciones para acudir a todo tipo de actos. Algunas proceden de instancias oficiales (Guardia Civil, Gobierno Militar, Delegación del Gobierno de Navarra en Madrid,…) y tienen por objeto acudir a desfiles, actos y lunch varios. Otras son de bancos, multinacionales y fundaciones a ellos ligadas, invitándonos a acudir a charlas, seminarios y también a algún que otro tipo de acto gastronómico. Pues bien, ¿son funciones propias del cargo acudir a este tipo de actos? ¿Es lo mismo a estos efectos acudir de invitado a una procesión rociera, a un vino benemérito español el 12 de octubre o a una concentración de protesta? Y cambiando de tercio, estar de charleta un par de horas en la cafetería del Congreso mientras se discuten propuestas, enmiendas y leyes, ¿es “función propia del cargo”?

          De lo expuesto parece deducirse que el Juez que ha dictado el Auto tiene una concepción un tanto estrecha de lo que debe ser el papel de un cargo electo en el ejercicio de sus funciones, reduciendo éstas al terreno estrictamente institucional. Pienso por el contrario que nuestra actividad debe tener también una relación directa con la realidad social en la que vivimos. Es decir, que acudir a una concentración de “¡SOS Desahucios!”, a una asamblea de trabajadoras afectadas por un ERE, a una marcha ecologista o al piquete informativo en una huelga general, es algo que tiene que ver de forma directa con la actividad de un cargo electo. La razón es muy sencilla: en una sociedad democrática las “funciones propias” de un cargo electo las deben definir en esencia sus electores, ¿o no es así?

          En el Auto judicial se afirma también que “ante una carga policial el Sr. Cuadra interfirió la actuación policial exigiendo explicaciones a uno de los funcionarios, lo que provocó que éste propinara a aquel un golpe en la pierna con la defensa reglamentaria (léase, un porrazo) para apartarlo y dispersarlo”. Justifica así el Juez que pedir explicaciones -¡tan solo pedir explicaciones!- por lo que uno considera es una actuación injustificada y desproporcionada de la Policía supone interferir en su actuación y, por tanto, es razón suficiente para que ésta pueda golpear, apartar y dispersar al parlamentario preguntón.

          Dice el artículo primero de la Constitución que “España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho…”. El Auto dictado la concibe sin embargo como un Estado en el que la autoridad y sus fuerzas del orden son un absoluto al cual debe supeditarse cualquier clase de persona, cargo o institución, por muy democráticamente elegida que haya podido ser ésta. En definitiva, en mi modesta opinión, es ésta una concepción profundamente antidemocrática que da total impunidad y absolutiza el uso de la fuerza policial, condenando a los cargos electos a ser testigos mudos, y cómplices en esa misma medida, de actuaciones que puedan entender injustificadas o abusivas.

          El mismo día de la huelga general varias decenas de personas resultaron fuertemente contusionadas por los golpes dados por la Policía. La prensa y las televisiones reprodujeron imágenes de agentes que, contraviniendo el propio protocolo policial, dispararon pelotas de goma (90 gramos de caucho macizo a 720 kilómetros/hora) a escasos metros de distancia y manteniendo sus fusiles en posición horizontal (no disparando al rebote, contra el suelo, cual es preceptivo), a la altura de los hombros. Uno de estos disparos impactó en el ojo de un joven, Aingeru Zudaire, quien se encuentra aún en una situación médica muy delicada y grave. Pues bien, ante la denuncia presentada, ¿se entenderá acaso que el policía que disparó lo hizo ejercitando las “funciones propias” de su cargo, mientras que Aingeru, por el contrario, no estaba actuando conforme a las suyas propias de manifestante?

          Vuelvo al principio. Hay jueces para quienes el poder y sus instituciones son fuente única de toda justicia y muro sagrado que nunca deberá ponerse en cuestión. Esa es una de las razones principales por la cual la opinión ciudadana en relación al poder judicial es tan negativa. No es de extrañar.

No hay comentarios:

Publicar un comentario