miércoles, 21 de diciembre de 2016

LAS EJEMPLARES "DEMOCRACIAS" (sic) CAPITALISTAS Entrevista a César Manzanos, activista por los derechos de los presos y los detenidos “Hay una lógica perversa de ocultación de la muerte en las prisiones” Enric Llopis Rebelión

Entrevista a César Manzanos, activista por los derechos de los presos y los detenidos
“Hay una lógica perversa de ocultación de la muerte en las prisiones”



Tal vez los partes oficiales atribuyan la muerte a un infarto o a que el preso haya dejado de respirar. Por tanto, oficialmente, un fallecimiento por causas naturales. Pero ¿qué realidad subyace a estos casos, cuando además se trata de reclusos muy jóvenes y en la prisión no se han cumplido –supuestamente- los protocolos establecidos? “Hay una lógica perversa de ocultamiento e invisibilización de la muerte en las cárceles”, sostiene César Manzanos, activista del colectivo Salhaketa (“denuncia”, en euskera), que nació en 1982 para el apoyo a personas presas, detenidas y sus familiares. Uno de los primeros pasos de la ocultación consiste en “no hacer públicas las muertes por motivos no naturales, para que nadie las denuncie”. Tampoco prosperan las denuncias cuando se trasladan al Parlamento o las Fiscalías. Además del trabajo en los movimientos sociales, César Manzanos es profesor de Sociología en la Facultad de Relaciones Laborales y Trabajo Social de la Universidad del País Vasco. Entre su extensa bibliografía figura la trilogía formada por “Invitación al pensamiento, “Aromas del inframundo” y “Anatomía del vacío”; y otros libros como “Las cárceles de la democracia”, “Cárcel y marginación social” o “El grito del otro”.-¿Cómo entienden las cárceles aquellas organizaciones que defienden su abolición? ¿Se trata de otro ámbito de lucha?
Siempre hemos dicho que reivindicar los derechos de las personas presas resulta incompatible con la cárcel. La clave radica es que la gobernabilidad de la prisión se da en términos de privación o concesión de derechos (incluso el derecho a la vida), en función del comportamiento del preso. La cárcel se gestiona y autorreproduce según este comportamiento, si es o no “adaptado” a la institución. Si lo es, los reclusos podrán obtener permisos penitenciarios, acceder a comunicaciones y tener una condena más llevadera (incluso más corta, poder salir en libertad condicional o acceder a permisos). Sin embargo, cuando no se colabora con el orden y el buen funcionamiento del “establecimiento” (en esos términos se expresa la ley), empiezan los problemas. Cuando a las personas se les priva de derechos en la cárcel –a la salud, a un trato digno o a las comunicaciones-, la gente siente frustración. Te meten en la cárcel porque supuestamente has violado la ley, y después contravienen la ley contigo.
-En octubre murió en la prisión de Zuera (Zaragoza) José A. Serrano Benítez, quien denunciaba la violencia institucional contra los presos y durante mucho tiempo estuvo sometido a tratamiento psiquiátrico. Patxi Ruiz Romero, preso desde hace siete años, denunció en septiembre humillaciones por parte de funcionarios de la Prisión Provincial de Huelva. A José Ramón López de Abetxuco, 26 años en la prisión, se le negó la excarcelación pese a sufrir una enfermedad incurable (casos citados en la página Web de Salhaketa).
Cuando hemos denunciado las muertes bajo custodia –en concreto, en la prisión- ha habido siempre una historia oculta. Citas a personas que han reivindicado sus derechos y los de sus compañeros dentro de la prisión. Son presos no “conformistas” ni “adaptables”, cuando precisamente la lógica carcelaria supone que crea buenos presos y adaptados a la sociedad. Al final, todo el proceso de “burorrepresión” dentro de la cárcel ha terminado con ellos.
-Defiendes el concepto de “sociedad de la tortura”. ¿Qué significa?
Es distinto que hablar de la tortura como fenómeno concreto. La definición oficial hace referencia a malos tratos ejercidos por funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, cuando una persona está bajo custodia institucional. La “sociedad de la tortura” está relacionada, en cambio, con la “Doctrina del Shock” y con la idea del “capitalismo en guerra permanente”. Se busca que el sujeto esté en una constante situación de miedo y malestar social, con el fin de que la sociedad pueda después gestionar ese miedo. Te pueden reconocer determinados derechos, libertades, bienes y servicios, pero siempre se encuentran en situación de suspensión y precariedad. Has de ganártelos, te los han de conceder, y si no haces las cosas como es debido te sientes culpable. Ansiedad, angustia…. Cuando uno se halla en esa situación, justifica muchas cosas.
-¿Por ejemplo?
Se buscan enemigos o chivos expiatorios que se construyen, pero no lo son en absoluto. Enemigos de la seguridad, inmigrantes “irregulares”, presos peligrosos o jóvenes inadaptados. Pero posiblemente sea el banquero quien te haya robado.
-El informe Sobre la Tortura y los Malos Tratos en el Estado Español documenta 30 muertos en 2015 (616 en los últimos quince años), mientras se hallaban bajo custodia de funcionarios de prisiones o las fuerzas de seguridad. Pero el informe de la Coordinadora para la Prevención y Denuncia de la Tortura aclara que muchos de estos casos no merecen reproche penal, incluso se trata de “accidentes inevitables”. Sin embargo, en otros casos…
En Salhaketa y las organizaciones de apoyo a presos hemos seguido, básicamente, las muertes bajo custodia en la cárcel, comisarías, CIE o centros de menores (cárceles para niños y niñas). En realidad se trata de aplicaciones “extrajudiciales” de la pena de muerte, que se producen por una lógica burocrática y de abandono de las personas. Un suicido en la prisión es una aplicación camuflada de la pena de muerte. Hay unos protocolos, con unas formas de actuar, que se han de llevar a cabo sistemáticamente. Por ejemplo, si a una persona con una enfermedad mental se la mantiene encerrada, puede que acabe mal. Y si no se cumple con los protocolos de actuación, es posible que esa persona se quite la vida. Y se trata de gente joven. Todo esto tiene que ver con la lógica misma de la prisión. Muchas veces no se aplican mecanismos preventivos, ni se aclaran las responsabilidades.
-Mencionas estrategias de invisibilidad y ocultamiento…
Consiste, en primer lugar, en no hacer públicas estas muertes por motivos no naturales, para que nadie las denuncie. Así pasa el tiempo, el que la prisión gana hasta que la familia se entera de la muerte (si es que se entera, porque se dan situaciones aberrantes). Cuando a los familiares les llega la información, lo que básicamente recomienda la Prisión es que se incinere el cadáver. Las familias, ninguneadas, como no saben de qué modo actuar, lo hacen. Esto impide que pueda haber una autopsia para observar los motivos del fallecimiento.
-¿De qué manera se gobiernan las cárceles?
Sucede que las cárceles no están reguladas por la Ley Orgánica General Penitenciaria de 1979 y el Reglamento Penitenciario, sino por circulares administrativas, que en muchos casos resultan de dudosa legalidad y pueden estar en contradicción con la ley. Para el ocultamiento de las muertes, no para su investigación, hay fórmulas de actuación “protocolizadas”. Incluso se trata de disimular para que estos fallecimientos engrosen las cifras de muertes naturales. Por ejemplo, ¿de qué ha muerto la persona que ha dejado de respirar? Claro, se dice que es una muerte natural. Puede tener el preso 25 años y morir de un infarto en la cárcel, pero la pregunta es ¿por qué ha sobrevenido ese infarto? Hay una lógica perversa de ocultamiento de la muerte en las prisiones. Pero hay algo más grave. Cuando hemos intentado llevar estas circunstancias ante la Fiscalía, tanto la Fiscalía General del Estado como la de las audiencias provinciales se han inhibido. Una de nuestras hipótesis es que hay una orden para que no se investiguen estas situaciones. También se han llevado casos y se han hecho preguntas ante el Parlamento español. La respuesta de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias (Ministerio del Interior) ha sido que las muertes obedecen a motivos naturales. Y no se han investigado.
-¿Qué rol desempeñan los funcionarios de prisiones?
El papel de los funcionarios de prisiones, como el de todos los funcionarios del Estado, es muy desigual. Muchas veces en la prisión se hace uso de medidas coercitivas; la más importante, el aislamiento. Pero hay otras, en caso de conflicto, como la utilización de spray, porras u otras para neutralizar a las personas que puedan, supuestamente, crear un conflicto. Es un problema grave, porque no hay mecanismos de control procesal –por ejemplo, una ley o un juicio con testimonios y pruebas- para que un traslado, un aislamiento o una paliza tengan que justificarse como “necesarias”. Al final, se llega siempre a la palabra del funcionario contra la del preso. Además, si un recluso denuncia una paliza o que han utilizado contra él medidas coercitivas, se le impondrá una sanción o culpará por desobediencia a los funcionarios; o de una agresión. Esto es lo que cierra el círculo de la impunidad.
-En los medios proliferan las informaciones sobre menores tutelados que son víctimas de abusos sexuales, o se les capta para redes de prostitución. ¿Cuál es la realidad actual de los centros de menores?
Los llamamos cárceles para niños y niñas, son una aberración y lo primero que tendría que abolirse. Cuando se mezcla en estos centros a los llamados judicialmente “menores” en situación de conflictividad, es lo peor que puede hacerse. Al juntar a estos menores se crean dinámicas de gueto, de posible realización de actividades delictivas, trapicheo con drogas o prostitución. En estos centros se está institucionalizando su situación de marginalidad. Pero todavía más grave es el trato que los menores reciben en estos centros, el mismo que en la cárcel. Lo que llaman castigos “educativos” son castigos. Existe el aislamiento, la separación y un sistema de premios: si eres un buen chaval, te vamos a dejar salir; pero de lo contrario, te vamos a aislar. Se reproduce así en los menores el sistema de justicia para adultos.
-Otra realidad invisibilizada es la de enfermedades contagiosas como el Sida (se ha llegado a hablar de pandemia) y la Hepatitis C en las prisiones.
La cuestión es de enorme gravedad, aunque en el caso del Sida se note menos desde que el VIH pasó de enfermedad “mortal” a enfermedad “crónica” en el estado español. Pero lo que ha ocurrido con el Sida es un ejemplo de lo que implica no reconocer que en la prisión había una presencia masiva de drogas ilegalizadas (hachís, cocaína, crack, anfetaminas)…Y continúa habiéndola. Esto ha tenido funciones muy relevantes en la prisión, para que las personas estén “atontadas”, intenten conseguir su dosis y no se preocupen de otras cosas; es como un elemento de sedación, complementario a la medicalización con psicofármacos o metadona.
Entre el 70 y el 80% de la gente que entra en la prisión está vinculada a la venta y distribución de drogas ilegalizadas. Una parte de la clientela se halla en la prisión. A partir de los años 80, entre esta clientela se nutría la pandemia del Sida. A finales de esa década había ya una presencia “terrible” de personas con enfermedades contagiosas –entre ellas el VIH- en las prisiones. Lo que se hacía era excarcelarlas, justo antes de morir, para que no fallecieran dentro. Además se negaba el reparto de jeringuillas. Esta fue una de las cuestiones en las que trabajamos, y que se desarrolló pero ya a finales de los 90. El intercambio de jeringuillas trajo consigo, según reconocieron fuentes oficiales, la muerte de 4.000 personas dentro de la prisión. Si se hubieran adoptado medidas preventivas, por ejemplo el reparto de jeringuillas, no estarían muertas. Se calculaba, además, que otras 4.000 personas murieron nada más ser excarceladas. Esto es un genocidio: 8.000 muertes por el Sida.
-¿Tiene olvidada la izquierda a las personas presas? ¿Se olvidó la lectura de Foucault (“Vigilar y castigar”) o el panóptico de Bentham?
El problema que tienen los partidos políticos en general, también los de izquierda, es que se interesan poco de quienes no les aportan votos. Ha pasado con las personas migrantes y con los presos. Es gente muy olvidada, porque no tiene capacidad de producir mayorías o generar legitimidades.
-También se denuncia la explotación de la mano de obra en las cárceles.
El artículo 25.2 de la Constitución Española establece que toda persona presa se halla en la cárcel para resocializarse; en todo caso tiene derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la seguridad social. Esto es lo que dice la ley, pero nada más lejos de la realidad. Lo que hay en la prisión son talleres penitenciarios, que además se participa en ellos como un “privilegio” (no todo el mundo tiene acceso). En estos talleres la gente trabaja a destajo para empresas. Los presos trabajan con un seguro para que la cárcel se cubra las espaldas por los accidentes, y una gratificación económica –ni siquiera un salario- que es bajísima. Lo “venden” como un mecanismo de resocialización a través del trabajo penitenciario.
-Por último, ¿cómo explicarle a un ciudadano corriente qué es el régimen FIES (Ficheros de Internos de Especial Seguimiento) y su objetivo?
Es un régimen con varias categorías para aislar a personas en la prisión por una serie de circunstancias. El más importante es el FIES 1, el de control directo, que se aplica a los internos que se considera “conflictivos” dentro de la cárcel, los que no contribuyen a la “gobernabilidad”. Desde los tiempos de la Coordinadora de Presos en Lucha (COPEL) hasta hoy, muchas personas han aparecido muertas. De hecho, ha habido una política muy oscura de eliminación de estas personas. Se ha producido un verdadero exterminio. Se trata de presos reivindicativos, que se organizan dentro de la cárcel y pueden “reventarla”; defienden sus derechos y los de otros presos. El FIES 2 afecta a grupos relacionados con lo que llaman “terrorismo”; el tercero incluye, por ejemplo, a los funcionarios del Estado que entran por lo que denominan corrupción, pero que no se hallan en régimen FIES por ser “peligrosos” para la cárcel. En otros casos también afecta a presos por una violación. En el FIES están separados de los demás reclusos, pero no criterios de tratamiento o resocialización, sino para que no haya conflictividad dentro de la prisión.
Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.

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