¿Cuánto ganan las grandes eléctricas en España?
Marta Victoria y José Luis Velasco. La Marea
El Observatorio Crítico de la Energía considera que el nuevo decreto del Gobierno que carga el bono social solo a las empresas comercializadoras beneficia a las tres grandes eléctricas -Endesa, Iberdrola y Gas Natural Fenosa- que obtienen beneficios multimillonarios |
El sector eléctrico vuelve a estar en el candelero tras la enésima subida sospechosa del precio de la electricidad. Regresa con ello a los debates televisivos y rara vez falta el tertuliano que clama a la defensiva que las eléctricas pierden dinero en España y que, si sobreviven, es gracias a sus negocios en el extranjero. Esto es sencillamente falso.Resulta legítimo que las empresas que participan en el sistema eléctrico español obtengan beneficios derivados de su actividad. Esto es válido en principio para cooperativas, pequeñas compañías o grandes multinacionales. Pero es también legítimo preguntarnos si estos beneficios son razonables. Al fin y al cabo, las compañías eléctricas operan en un sector estratégico regulado (aunque no lo suficientemente y además mal) por el Estado y que determina el acceso de los consumidores a la electricidad, un bien básico que hasta hace unos años era considerado un servicio público.
Y “razonable” es, significativamente, la palabra que el Gobierno ha utilizado hace unos años para reformar la remuneración de las empresas que generan electricidad utilizando fuentes renovables [1]. Asimismo, disponer de esta información es útil para abordar de forma razonada y razonable el reciente debate sobre cómo debe costearse el bono social. Confrontar los beneficios anuales de las empresas eléctricas con los 200 millones de euros que en promedio aproximado representa cada año el bono social permite evaluar el esfuerzo económico que supone a estas compañías cumplir con el servicio público que se les exige.
Una buena forma de hacer esta valoración es comparar los beneficios de las principales empresas eléctricas operando en nuestro país con los que obtienen sus homólogas que operan en otros países europeos y con el coste del bono social. Los tres gráficos que acompañan a este artículo permiten obtener una visión de conjunto.
En la figura superior hemos recopilado el beneficio neto o EBIT (beneficios antes de intereses e impuestos) de Endesa, Iberdrola y Gas Natural Fenosa para los años comprendidos entre 2008 y 2015. Los datos proceden de las cuentas de resultados que publican cada una de estas compañías en sus informes anuales. Las cifras de beneficio neto incluyen las actividades de generación, distribución y comercialización de electricidad en España y Portugal. Entre 2008 y 2015 esta cifra asciende a 37.260 millones de euros.
En la figura intermedia se muestra la evolución, para cada empresa y año, del margen operativo, es decir, el ratio entre el beneficio neto y la cifra de negocio. Como referencia, en la figura se ha añadido también el margen operativo medio de las empresas eléctricas que operan en Reino Unido [2], cuyo valor estimado entre 2007 y 2011 es 8,6%. Las “Big 6” suponen un buen elemento de referencia a la hora de comparar directamente beneficios: son empresas operando en el mismo sector, que además en ambos países tienen un mix de tecnologías de generación similar y un mercado liberalizado parecido, ya que la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico fue inspirada por el sistema del Reino Unido.
Ahora podemos calcular el beneficio neto “excesivo” como la diferencia entre el beneficio que ha obtenido cada empresa española y el que hubiese obtenido si su margen operativo hubiera sido igual al que han obtenido sus homólogas en Reino Unido. En este paso, alguien podría argumentar que el beneficio de las empresas eléctricas en España podría ser superior porque sus decisiones inversoras han sido más acertadas. Sin embargo el hecho de que la mayor parte de centrales hidroeléctricas, térmicas de carbón y nucleares sean previas a la implantación de este mercado, junto con la masiva inversión en centrales de ciclo combinado que ahora operan un número de horas muy inferior al previsto, parece indicar que este no es el caso y, por tanto, la hipótesis asumida es razonable.
El gráfico inferior muestra los beneficios netos “excesivos” que han obtenido Endesa, Iberdrola y Gas Natural Fenosa, cuya suma asciende a 11.053 millones de euros entre los años 2008 y 2015 [3]. Si, por ser conservadores, limitamos la comparación al intervalo 2008-2011, en que los datos del Reino Unido nos sirven de referencia, el resultado es 8.844 millones de euros.
Durante el periodo de tiempo analizado, el coste del bono social ha representado aproximadamente 1.300 millones de euros (100 millones en 2009 y 200 millones de euros al año entre 2010 y 2015). Para visualizar la magnitud del bono social en comparación con los beneficios de las grandes eléctricas, en las figuras superior e inferior hemos añadido las cantidades aproximadas con que cada una de estas empresas debería financiar del bono social según estableció el Gobierno para el año 2016 (previamente a que el Tribunal Supremo invalidase este mecanismo). Las gráficas hablan por sí solas.
Las sucesivas sentencias del Tribunal Supremo anularon los distintos mecanismos por los que la financiación del bono social corría a cargo de las eléctricas (el Real Decreto-Ley 6/2009 fijó la forma de costear el bono de los años 2009-2013 y el Real Decreto 968/2014 determinó el funcionamiento en el período 2014-2016) estableciendo que el coste debía ser reintegrado a dichas empresas. En ambas sentencias, el mecanismo correspondiente es invalidado porque es considerado discriminatorio pero, en ningún caso, el Tribunal Supremo rechaza la posibilidad de que sean las empresas eléctricas quienes financiasen el bono social.
El Gobierno ha propuesto recientemente en el Real Decreto-Ley 7/2016 que sean las comercializadoras las que carguen en exclusiva con dicho coste. Nos parece una decisión errónea en base a dos argumentos. En primer lugar, uno de tipo legal: que no participen en la financiación empresas generadoras o distribuidoras puede provocar que el Tribunal Supremo también considere este mecanismo discriminatorio. En segundo lugar, uno de tipo económico: la comercialización es la actividad donde se obtienen los menores márgenes de operación: sería más razonable incluir también los segmentos de donde provienen los beneficios excesivos de las grandes eléctricas, generación y distribución.
Precisamente por no hacerlo, la propuesta puede finalmente tener un efecto regulatorio muy perverso: beneficiar de facto a comercializadoras que forman parte de grupos verticalmente integrados (grupos que tienen enormes beneficios en otros segmentos) con respecto a aquellas que no, como las comercializadoras cooperativas verdes. Eso sería una decisión de política energética inadecuada de cara a la necesaria transición a un nuevo modelo energético.
En conclusión, y a la vista de los resultados, exigir que todas las empresas que participan del sistema eléctrico financien, de manera proporcional a la energía que gestionen, el bono social es, además de algo posible desde el punto de vista legal, lo mínimo razonable a la luz de los beneficios que obtiene las tres principales empresas que operan en este sistema.
Notas:
[1] A nadie debería escapársele, que el establecimiento de una “rentabilidad razonable” no fue sino un recorte retroactivo a retribuciones comprometidas; en este artículo nos limitamos a fijarnos en la retórica utilizada.
[2] Los beneficios se refieren al EBIT (beneficios antes de intereses e impuestos). Los datos de España se han comparado con los beneficios netos obtenidos en Reino Unido por las 6 mayores empresas eléctricas: Scottish Power, SEE, EDF Energy, Centrica, RWE Npower, EON, reportados en el documento “UK Big 6 utility investment trends, Bloomberg”.
[3] Cabe mencionar que todos estos enormes beneficios han ido a empresas privadas, ya que en España no existen grandes compañías eléctricas públicas desde finales de los noventa. Un repaso detallado a cómo se llevó a cabo la privatización de Endesa y la liberalización del sector eléctrico puede leerse en el libro del Observatorio Critico de la Energía “Crónicas eléctricas. Breve y trágica historia del sector eléctrico español”, editado por Akal.
Marta Victoria y José Luis Velasco (Observatorio Crítico de la Energía)
Fuente: http://www.lamarea.com/2017/02/05/cuanto-ganan-las-grandes-electricas-en-espana/
Y “razonable” es, significativamente, la palabra que el Gobierno ha utilizado hace unos años para reformar la remuneración de las empresas que generan electricidad utilizando fuentes renovables [1]. Asimismo, disponer de esta información es útil para abordar de forma razonada y razonable el reciente debate sobre cómo debe costearse el bono social. Confrontar los beneficios anuales de las empresas eléctricas con los 200 millones de euros que en promedio aproximado representa cada año el bono social permite evaluar el esfuerzo económico que supone a estas compañías cumplir con el servicio público que se les exige.
Una buena forma de hacer esta valoración es comparar los beneficios de las principales empresas eléctricas operando en nuestro país con los que obtienen sus homólogas que operan en otros países europeos y con el coste del bono social. Los tres gráficos que acompañan a este artículo permiten obtener una visión de conjunto.
En la figura superior hemos recopilado el beneficio neto o EBIT (beneficios antes de intereses e impuestos) de Endesa, Iberdrola y Gas Natural Fenosa para los años comprendidos entre 2008 y 2015. Los datos proceden de las cuentas de resultados que publican cada una de estas compañías en sus informes anuales. Las cifras de beneficio neto incluyen las actividades de generación, distribución y comercialización de electricidad en España y Portugal. Entre 2008 y 2015 esta cifra asciende a 37.260 millones de euros.
En la figura intermedia se muestra la evolución, para cada empresa y año, del margen operativo, es decir, el ratio entre el beneficio neto y la cifra de negocio. Como referencia, en la figura se ha añadido también el margen operativo medio de las empresas eléctricas que operan en Reino Unido [2], cuyo valor estimado entre 2007 y 2011 es 8,6%. Las “Big 6” suponen un buen elemento de referencia a la hora de comparar directamente beneficios: son empresas operando en el mismo sector, que además en ambos países tienen un mix de tecnologías de generación similar y un mercado liberalizado parecido, ya que la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico fue inspirada por el sistema del Reino Unido.
Ahora podemos calcular el beneficio neto “excesivo” como la diferencia entre el beneficio que ha obtenido cada empresa española y el que hubiese obtenido si su margen operativo hubiera sido igual al que han obtenido sus homólogas en Reino Unido. En este paso, alguien podría argumentar que el beneficio de las empresas eléctricas en España podría ser superior porque sus decisiones inversoras han sido más acertadas. Sin embargo el hecho de que la mayor parte de centrales hidroeléctricas, térmicas de carbón y nucleares sean previas a la implantación de este mercado, junto con la masiva inversión en centrales de ciclo combinado que ahora operan un número de horas muy inferior al previsto, parece indicar que este no es el caso y, por tanto, la hipótesis asumida es razonable.
El gráfico inferior muestra los beneficios netos “excesivos” que han obtenido Endesa, Iberdrola y Gas Natural Fenosa, cuya suma asciende a 11.053 millones de euros entre los años 2008 y 2015 [3]. Si, por ser conservadores, limitamos la comparación al intervalo 2008-2011, en que los datos del Reino Unido nos sirven de referencia, el resultado es 8.844 millones de euros.
Durante el periodo de tiempo analizado, el coste del bono social ha representado aproximadamente 1.300 millones de euros (100 millones en 2009 y 200 millones de euros al año entre 2010 y 2015). Para visualizar la magnitud del bono social en comparación con los beneficios de las grandes eléctricas, en las figuras superior e inferior hemos añadido las cantidades aproximadas con que cada una de estas empresas debería financiar del bono social según estableció el Gobierno para el año 2016 (previamente a que el Tribunal Supremo invalidase este mecanismo). Las gráficas hablan por sí solas.
Las sucesivas sentencias del Tribunal Supremo anularon los distintos mecanismos por los que la financiación del bono social corría a cargo de las eléctricas (el Real Decreto-Ley 6/2009 fijó la forma de costear el bono de los años 2009-2013 y el Real Decreto 968/2014 determinó el funcionamiento en el período 2014-2016) estableciendo que el coste debía ser reintegrado a dichas empresas. En ambas sentencias, el mecanismo correspondiente es invalidado porque es considerado discriminatorio pero, en ningún caso, el Tribunal Supremo rechaza la posibilidad de que sean las empresas eléctricas quienes financiasen el bono social.
El Gobierno ha propuesto recientemente en el Real Decreto-Ley 7/2016 que sean las comercializadoras las que carguen en exclusiva con dicho coste. Nos parece una decisión errónea en base a dos argumentos. En primer lugar, uno de tipo legal: que no participen en la financiación empresas generadoras o distribuidoras puede provocar que el Tribunal Supremo también considere este mecanismo discriminatorio. En segundo lugar, uno de tipo económico: la comercialización es la actividad donde se obtienen los menores márgenes de operación: sería más razonable incluir también los segmentos de donde provienen los beneficios excesivos de las grandes eléctricas, generación y distribución.
Precisamente por no hacerlo, la propuesta puede finalmente tener un efecto regulatorio muy perverso: beneficiar de facto a comercializadoras que forman parte de grupos verticalmente integrados (grupos que tienen enormes beneficios en otros segmentos) con respecto a aquellas que no, como las comercializadoras cooperativas verdes. Eso sería una decisión de política energética inadecuada de cara a la necesaria transición a un nuevo modelo energético.
En conclusión, y a la vista de los resultados, exigir que todas las empresas que participan del sistema eléctrico financien, de manera proporcional a la energía que gestionen, el bono social es, además de algo posible desde el punto de vista legal, lo mínimo razonable a la luz de los beneficios que obtiene las tres principales empresas que operan en este sistema.
[1] A nadie debería escapársele, que el establecimiento de una “rentabilidad razonable” no fue sino un recorte retroactivo a retribuciones comprometidas; en este artículo nos limitamos a fijarnos en la retórica utilizada.
[2] Los beneficios se refieren al EBIT (beneficios antes de intereses e impuestos). Los datos de España se han comparado con los beneficios netos obtenidos en Reino Unido por las 6 mayores empresas eléctricas: Scottish Power, SEE, EDF Energy, Centrica, RWE Npower, EON, reportados en el documento “UK Big 6 utility investment trends, Bloomberg”.
[3] Cabe mencionar que todos estos enormes beneficios han ido a empresas privadas, ya que en España no existen grandes compañías eléctricas públicas desde finales de los noventa. Un repaso detallado a cómo se llevó a cabo la privatización de Endesa y la liberalización del sector eléctrico puede leerse en el libro del Observatorio Critico de la Energía “Crónicas eléctricas. Breve y trágica historia del sector eléctrico español”, editado por Akal.
Marta Victoria y José Luis Velasco (Observatorio Crítico de la Energía)
Fuente: http://www.lamarea.com/2017/02/05/cuanto-ganan-las-grandes-electricas-en-espana/
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