La ONU condena a España por la devolución ilegal de un niño que saltó la valla de Melilla
Huyendo de la guerra de Mali, después de pasar cerca de un año viviendo en el Mote Gurugú, logró entrar a España con 15 años, pero nadie le ofreció la mínima posibilidad de pedir asilo o protección. Nadie le preguntó cómo se llamaba, o si era un niño, los guardias civiles que lo bajaron de la valla de Melilla tras varias horas encaramado a la verja más cercana a la carretera española se limitaron a esposarlo y “expulsarlo sumariamente” en contra de numerosos artículos de la Convención de sobre los Derechos del niño.
Ocurrió en diciembre de 2014 y 5 años después Naciones Unidas ha condenado a España, convirtiéndose en el primer dictamen de la ONU que constata la “deportación sumaria de un niño no acompañado de España a Marruecos” y que certifica la ilegalidad de estas llamadas “devoluciones en caliente” tan polémicas en nuestro país. Después de 5 años de batalla judicial y administrativa el caso de este joven se convierte en todo un hito en la lucha por los derechos de los niños migrantes.
En el dictamen, al que ha tenido acceso la Cadena SER el Comité sobre los derechos del niño de Naciones Unidas es contundente a la hora de condenar a España al constatar, oídas todas las partes y después de numerosas explicaciones en estos 5 años, que al expulsar al entonces quinceañero de Mali, el 2 de diciembre de 2014 , “ no brindó al autor ( en referencia al chico) protección y asistencia especiales en su condición de niño no acompañado (artículo 20 de la Convención sobre los Derechos del Niño); no respetó el principio de no devolucióny expuso al autor a correr el riesgo de sufrir actos de violencia y tratos crueles, inhumanos y degradantes en Marruecos (artículo 37) y no consideró el interés superior del niño (artículo 3)” se detalla en el texto firmado tras la adopción de esta decisión el pasado 1 de febrero y notificada hace justo una semana.
Tras la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que ya condenó a España por estas expulsiones ilegales de ciudadanos que saltan las vallas para acceder a Ceuta y Melilla( una sentencia que está pendiente de pronunciamiento de la gran sala tras el recurso presentado por el gobierno español), es la primera vez que Naciones Unidas se pronuncia clara y rotundamente respecto a la ilegalidad de las devoluciones en caliente. Y es que el Comité señala claramente “la obligación de los Estados de proveer protección y asistencia especiales a niños no acompañados”.
Este caso sin precedentes ha sido posible gracias a que 28 días después de la acción claramente ilegal de los guardias civiles según la ONU, el chico consiguió saltar y quedarse en España. Fue el 30 de diciembre de 2014 , día en el que comenzaría una nueva batalla en su camino, demostrar que era tan solo un niño y que por tanto se le diera el trato al que obliga la ley del menor y no se le impusiera el que da a los adultos la ley de extranjería.
Otra batalla por demostrar que era un niño
Después de pasar unos dos meses en el Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI), en febrero de 2015, “fue trasladado del enclave de Melilla a España continental. A finales de julio de 2015, gracias a la asistencia de la ONG Fundación Raíces y a la tarjeta de registro consular expedida por el consulado de Mali en Madrid en favor del autor, donde constaba su fecha de nacimiento el 10 de marzo de 1999, el autor obtuvo protección como niño no acompañado y fue alojado en una residencia de menores bajo la guarda de autoridades españolas” detalla el dictamen.
El Estado español intentó desacreditar la versión del niño, con varias alegaciones desde 2016, señalando que cuando entró a España finalmente “declaró tener otro nombre y ser mayor de edad”, o que el 2 de diciembre, el día de los hechos condenados por la ONU, el chico “ no portaba ningún tipo de documento de identidad”, algo muy llamativo, teniendo en cuenta que queda demostrado que nadie le preguntó ni siquiera su nombre y nunca recibió asistencia jurídica en esa “ deportación sumaria”. Al chico maliense lo apoyaron en su postura ante el Comité organizaciones como la Comisión Internacional de Juristas(CIJ) o el Consejo Holandés para Refugiados.
“La decisión tiene una importancia fundamental para la protección de los menores no acompañados, no sólo en la frontera hispano-marroquí, sino en las fronteras terrestres en general”, asegura Carsten Gericke, representante del joven maliense y abogado cooperante de ECCHR. Por su parte, Lourdes Reyzábal, que ha acompañado al chaval en todo el procedimiento, Presidenta de Fundación Raíces, la ONG que lo ha representado, insiste en que “este caso, una vez más, pone en evidencia que, en España, en el caso de los niños extranjeros, las políticas de protección a la infancia están sometidas a las políticas de extranjería y del control de los flujos migratorios y las fronteras siguen siendo espacios donde no se respetan los derechos de las personas y donde no existen las garantías jurídicas básicas” afirma.
La transcendencia de este dictamen es muy notable dado que es larga la lista de organismos internacionales, agencias humanitarias de la ONU como ACNUR o UNICEF, ONG como Prodein , Andalucía Acoge o Save The Children , Defensor del Pueblo, Fundación Raíces o Consejo de la Abogacía Española entre otras muchas que venían denunciando estas prácticas y que ahora ven reforzada su postura frente al Estado. Un dictamen que tampoco deja en buen lugar a la Fiscalía del Menor en España, muy cuestionada por estas organizaciones en defensa de los derechos de la infancia migrante.
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