Poder Judicial de la Nación
JUZGADO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL
CFP 4591/2010 Buenos Aires, 18 de septiembre de 2.013.-
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver en la presente causa Nro. 4.591/2.010, caratulada “N.N. s/ genocidio”, del registro de este Juzgado y Secretaría;
Y CONSIDERANDO:
Que tienen su génesis los presentes obrados a raíz de la denuncia efectuada el día 14 de abril de 2.010, ante la Excelentísima Cámara del Fuero, por Darío Rivas Cando e Inés García Holgado, junto con las organizaciones no gubernamentales:
Asociación de Recuperación de la Memoria Histórica.
Abuelas de Plaza de Mayo, Liga por los Derechos del Hombre.
Comisión Provincial por la Memoria, Asamblea Permanente por los Derechos Humanos
Centro de Estudios Sociales y Legales (CELS)
Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos
Federación de Asociaciones Gallegas de la República Argentina
Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP)
Comité de Acción Jurídica a efectos que se investigue la posible comisión de hechos atroces de genocidio y/o lesa humanidad, entre los que se cuentan: torturas asesinatos desapariciones forzadas de personas sustracción de menores
delitos tipificados en el Código Penal: homicidio (art. 79) homicidio agravado (art. 80, incisos 2°, 4°, 6° y 9°) privación ilegal de la libertad calificada por la aplicación de torturas (144 bis inciso 1°, en función del 142 inciso 1° y 5°, 144 ter. primer párrafo) sustracción de menores art. 146
y demás ilícitos que se desprendan de la presente pesquisa, cometidos en España en el período comprendido entre el 17 de julio de 1.936 y el 15 de junio de 1.977, fecha de las primeras elecciones parlamentarias libres y pluralistas desde las del 16 de febrero de 1.936, de los que resultaran víctima, entre otros: Severino Rivas Barja, quien habría sido asesinado por los falangistas en Portomarín
el 29 de octubre de 1936.
Elías García Holgado –habría sido fusilado en Salamanca el 5 de julio de 1937 luego de un proceso sumarísimo en el que fue condenado por “adhesión a la rebelión”- Luis García Holgado –habría sido fusilado en la carretera de Baños de Montemayor el
21 de septiembre de 1.936-
Vicente García Holgado – se encontraría desaparecido-
Silvia Carretero Moreno
José Luis Sánchez Bravo Solla extensibles a decenas de miles de personas asesinadas en las semanas que siguen al 17 de julio de 1.936 por el grupo de oficiales militares alzados, la Falange Española y otras organizaciones a fines de apoyo a la insurrección, en lo que constituyó un plan sistemático, generalizado, deliberado y planificado de aterrorizar a españoles partidarios de la
forma representativa de gobierno, a través de la eliminación física de sus más representativos exponentes.- … Que la amnistía del 14 de octubre de 1.977 no contempla los delitos de genocidio, crímenes contra la humanidad ni, en particular, los delitos continuados de secuestro, dentro y fuera de
España, de niños de familias republicanas y su entrega a familias franquistas, ni las
detenciones –desapariciones forzosas, etc..- …..
Por lo expuesto corresponde y así;
RESUELVO: I) ORDENAR la DETENCIÓN PREVENTIVA de CELSO GALVÁN ABASCAL, de
nacionalidad española, nacido el 3 de abril de 1935, domiciliado en...; con fines de extradición; a efectos de recibirle declaración indagatoria en la presente.-
II) ORDENAR la DETENCIÓN PREVENTIVA de JESÚS MUÑECAS AGUILAR, de nacionalidad española, nacido el 6 de enero de 1939 en Daroca, Zaragoza, Reino de España. Dueño del Centro Hípico Valdemoro…, con fines de extradición, a efectos de recibirle declaración indagatoria en la presente.-
III) ORDENAR la DETENCIÓN PREVENTIVA de JOSÉ IGNACIO GIRALTE GONZÁLEZ, de
nacionalidad Española, nacido el 8 de julio de 1942, domiciliado… con fines de extradición, a
efectos de recibirle declaración indagatoria en la presente.-
IV) ORDENAR la DETENCIÓN PREVENTIVA de JUAN ANTONIO GONZÁLEZ PACHECO,
de nacionalidad española, D.N.I. 42976400-A, alias “Billy el niño”, nacido el 6 de octubre de
1946, en Aldea del Cano, Cáceres, último domicilio conocido en…, posible domicilio laboral
en Polígono Industrial La Dehesa de Vicálvaro; con fines de extradición a efectos de recibirle
declaración indagatoria en la presente.-
V) Encomendar el arresto preventivo de los nombrados con fines de extradición, a efectos de
recibirles declaración indagatoria, a la Organización Internacional de Policía Criminal, en la forma de estilo.-
Notifíquese a los querellantes en autos mediante cédula de trámite urgente para ser diligenciada en el día de su recepción, y al Señor Fiscal en su público despacho.-
Ante mí:
Fdo. MARÍA SERVINI DE CUBRÍA JUEZ FEDERAL
Fdo. MARÍA JOSÉ IGLESIAS SECRETARIA FEDERAL
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. CONSTE.
Fdo. ARMANDO ALFREDO MÁNGANO SUBSECRETARIO ADMINISTRATIVO
En / del mismo notifiqué al Sr. Fiscal y firmó. DOY FÉ.-
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