Silencio y ocultación de la tortura en España
Antonio Maestre. La Marea
“Si no somos hipócritas, uno tiene que entender que si detienes a un señor que ha matado a 23 personas y lo interrogas y confiesa, ¿qué es lo que le ha hecho confesar? Ha habido golpes, presiones físicas que no dejan huella, pero que puedes pensar que se producen. Presiones psíquicas, también. ¿Alguien se cree que declaran lo que declaran sin coacciones?” Son palabras de Luis Roldán, exdirector de la Guardia Civil, en El País, donde reconoció abiertamente el uso institucional de la tortura en España.
La
tortura ha sido una práctica habitual en España a lo largo de la
historia, desde Torquemada al cuartel de Intxaurrondo, pasando por Billy el Niño
en las dependencias de la Puerta del Sol. La tortura es la sublimación
de la crueldad humana, el mayor acto de inhumanidad que tiene nuestra
especie, la escenificación del sadismo. Es por ello que creemos que
corresponde al pasado, a épocas pretéritas en las que la vida humana no
tenía valor alguno y el respeto a los derechos humanos no era más que
una ilusión utópica.
En España tendemos a identificar la tortura
con actos de extremado salvajismo que se daban durante la Inquisición y
en épocas antidemocráticas, obviando la preceptiva amnesia de la
Transición. Ya no se usan instrumentos terroríficos para conseguir una
confesión del pecador que salve su alma como el rompecráneos, o la cuna
de Judas, un artefacto usado en la Edad Media en el que la víctima era
izada con cuerdas sobre la punta de una pirámide de tal forma que su
peso reposara sobre el punto situado en el ano, la vagina o el perineo.
Los métodos modernos de tortura, limpios y asépticos, no son más que la lógica consecuencia del progreso. Aumentar la efectividad y reducir el riesgo,
sobre todo el de escándalo público. Las sociedades modernas están
adormecidas ante la innegable realidad de que la tortura sigue siendo
una práctica habitual. La evolución social, política y moral de
Occidente ha hecho observar con desdén la tortura, propia de sociedades
sin civilizar, y mirar hacia otro lado para no aceptar la existencia de
la tortura en los Estados de Derecho modernos. El deseo de infligir daño
a otros seres humanos es innato y aparece irremisiblemente en
determinadas circunstancias, que incluso puede ser inducido cuando un
individuo sien- te apoyo institucional.
En 1971, el psicólogo
Philip Zimbardo realizó un experimento en la Universidad de Stanford en
el que atribuyó a una serie de estudiantes voluntarios dos roles
diferentes en un contexto carcelario. Recreó una prisión y dividió a los
estudiantes al azar otorgándoles el papel de presos y guardias. El
experimento tuvo que ser abandonado abruptamente porque los estudiantes
empezaron a asumir el papel ficticio como verdadero y los estudiantes
que ejercían de guardias realizaron actos de sadismo y tortura contra
los prisioneros. El ensayo demostró cómo cualquier ser humano, cuando se
le proporciona una ideología legitimadora y apoyo institucional, puede adoptar roles de extrema crueldad y llegar incluso a disfrutar mientras tortura.
Cinco
días de golpes, humillaciones, insultos, ahogamientos y ejecuciones
simuladas. Eso es lo que vivió el periodista Martxelo Otamendi en 2003
en el cuartel de la Guardia Civil de Intxaurrondo tras ser detenido por
el cierre del periódico Egunkaria acusado de colaboración con
ETA. Cuando Otamendi denunció ante el juez instructor las torturas a la
que fue sometido, la reacción del Estado fue demandar nuevamente por
colaboración con ETA a la cúpula de Egunkaria – Ignacio Uria,
Xabier Alegría y Xabier Oleaga–, por el simple hecho de denunciar las
torturas. María Dolores de Cospedal, entonces subsecretaria del ministro
del Interior, argumentaba que los miembros de Egunkaria seguían
“a pies juntillas” las instrucciones de ETA, que en un informe requisado
al Comando Araba en 1998 aconsejaba a sus militantes denunciar torturas
cuando fueran detenidos.
Otamendi relató ante el juez de
instrucción que se le impidió dormir, que fue obligado a realizar actos
de humillación sexual, que sufrió insultos homófobos, y la
escenificación de su ejecución situando un objeto metálico en la sien
que él interpretaba como un arma simulando ser disparada, además de
efectuarle técnicas de asfixia con un plástico. Tras ver cómo le fue
negado cualquier amparo judicial en España, recurrió al Tribunal Europeo
de Derechos Humanos (TEDH ) basándose en la violación de los aspectos
procesales del artículo 3 del Convenio de Derechos Humanos, es decir,
“la ausencia de una investigación efectiva por parte de las autoridades
nacionales tras la presentación de una denuncia por torturas y otros
malos tratos”. El Tribunal dio la razón a Otamendi y condenó al Estado
español por no investigar los hechos denunciadas y violar el acuerdo
internacional que versa sobre la tortura y los malos tratos.
La condena por el caso Otamendi no ha sido la única que ha sufrido España. Según denuncia el Instituto de Derechos Humanos de Cataluña,
desde 2004 se han producido cinco sentencias condenatorias más del
Tribunal de Estrasburgo en lo relativo a la vulneración del convenio de
derechos humanos que versa sobre la tortura y malos tratos.
Algunas
condenas contra el Estado español, como el caso de Mikel Iribarren, no
se circunscriben al ámbito propiamente de la tortura, sino que se
debieron a demandas derivadas de actuaciones policiales en la disolución
de altercados. Sin embargo, las condenas contra España han sido
habituales. En 2004 fue condenada por no investigar la denuncia de
torturas realizadas contra 15 independentistas catalanes, acusados de
colaboración con Terra Lliure, detenidos en los días previos a la
celebración de los Juegos Olímpicos de 1992 en Barcelona.
Negligencia de Garzón
Los
demandantes alegaron haber sufrido golpes, ahogamientos con bolsas de
plástico, privación de sueño o la obligación de permanecer durante largo
tiempo en posiciones dolorosas. La sentencia no dio veracidad a los
malos tratos, pero condenó a España por no haber realizado una
investigación efectiva. El Tribunal de Estrasburgo acusó a Baltasar
Garzón, juez instructor de la Audiencia Nacional, de que en el informe
forense solicitado no se considerara la posibilidad de que se hubieran
producido malos tratos psíquicos. Otras dos sentencias del TEDH
condenaron a España en 2010, atendiendo a los mismos argumentos, por las
torturas a Mikel San Argimero Isasa y, en 2011, en el caso de Aritz
Beristain.
Las violaciones sistemáticas de los derechos humanos en nuestro país quedaron patentes en el informe del Comité Europeo para la prevención de la tortura y de las penas o tratos inhumanos o degradantes
(CPT) presentado el 30 de abril de 2013 al Gobierno. Durante su visita a
España entre mayo y junio de 2011 el CPT había identificado evidencia
de tortura y malos tratos en 10 de los 11 casos estudiados en relación a
personas detenidas en régimen de incomunicación por la Guardia Civil
ese mismo año.
“La información recopilada en el transcurso de la
visita de 2011 pone de manifiesto una vez más la necesidad de una acción
decidida de las autoridades para abordar el tema de los malos tratos
por parte de oficiales de la Guardia Civil”, reza el documento. “El CPT
ha estado llaman- do la atención de las autoridades españolas durante
dos décadas sobre el problema de los malos tratos que infringe la Guardia Civil a personas sospechosas de delitos
a los que hace referencia el Artículo 384 bis de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal [delito cometido por persona integrada o
relacionada con bandas armadas o individuos terroristas].
En 1994
y en 1997, el Comité había recomendado que se llevara a cabo una
investigación rigurosa e independiente en relación con este asunto. Sin
embargo, estas recomendaciones nunca se llevaron totalmente a la
práctica. Los hechos comprobados durante la visita de 2011 indican que
los problemas antes citados siguen sin resolverse. “El CPT solicita a
las autoridades españolas que lleven a cabo una investigación rigurosa e
independiente sobre los métodos utilizados por oficiales de la Guardia
Civil cuando retengan e interroguen a personas detenidas… El CPT desea
recibir dentro de un plazo de tres meses un informe detallado de las
acciones adoptadas para aplicar estas recomendaciones”, dice el informe.
La
conclusión venía acompañada de un exhaustivo detalle de los malos
tratos a los que los presos fueron sometidos. Durante el traslado del
País Vasco a Madrid, los detenidos fueron golpeados con patadas y golpes
con la porra. En el transcurso del interrogatorio fueron sometidos a la práctica de “la bolsa”,
que es la colocación de una bolsa de plástico duro en la cabeza
provocando una sensación de asfixia. El CPT relató también cómo uno de
los detenidos en las dependencias de la Guardia Civil en Madrid fue
sometido a la tortura del waterboarding, la asfixia simulada que
se hizo tristemente ser el método predilecto de los agentes de
inteligencia de EEUU en los interrogatorios de los detenidos tras el
11-S. Consiste en colocar una bolsa o un trapo en la cara de la víctima y
echar agua encima, lo cual provoca la sensación de ahogamiento.
Pero
sin duda el caso más dramático de los recogidos por el Comité fue el de
Beatriz Etxebarria, miembro de ETA condenada junto a Daniel Pastor e
Íñigo Zapirain, del denominado Comando Otazua, por el asesinato del
brigada Luis Conde de la Cruz y del policía Eduardo Puelles. Fue durante
la detención del comando, en marzo de 2011, cuando Etxebarria sufrió la
violación que el comité contra la tortura de la UE recoge en su
informe.
”Mientras llevaba puesta la bolsa, le aplicaron vaselina en la vagina y en el ano. y le introdujeron un palo en el recto,
al tiempo que le amenazaban con más abusos sexuales si se negaba a
hablar. Además, dijo que la mantuvieron desnuda durante todos los
interrogatorios y que continuó recibiendo amenazas de abusos sexuales a
ella y a su pareja; en particular, dijo que después de haberla mojado
con agua, le ataron electrodos al cuerpo y le amenazaron con aplicarle
electricidad”, detalla el documento.
No hay comentarios:
Publicar un comentario