La justicia europea sienta un precedente: insertar vídeos ajenos no es ilegal
El Tribunal de Justicia de la Unión
Europea ha determinado que insertar vídeos sin modificar su contenido ni
mostrarlo a una nueva audiencia no infringe ningún copyright.
A día de hoy, todavía hay algunas
pequeñas lagunas en la legislación para abarcar la totalidad de
prácticas potenciales en Internet. Muchas de ellas debidas a leyes que
dan lugar a interpretaciones, que hasta que no son llevadas ante un
tribunal que siente jurisprudencia no tienen oficialmente una sentencia
que licite o no ciertas prácticas. Algo así es lo que ahora nos ocupa,
en torno a los vídeos insertados en páginas web.
Si no se modifica el vídeo ni se dirige a una nueva audiencia potencial, no infringe copyright.
Como acaba de publicar MusicWeek, el
Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha resuelto que la inserción
de vídeos en páginas web no supone una infracción de copyright.
El caso viene de Alemania. Allí, la empresa BestWater denunció a
empleados de la competencia por haber insertado una web personal un
vídeo de su propiedad alojado en YouTube.
La justicia alemana, como explicaron en TorrentFreak,
derivó el caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que
resolvió el caso aduciendo que si no se modifica el contenido del vídeo
ni se publica a una nueva audiencia (y estando el original en YouTube,
esto no se considera), no hay ningún tipo de infracción. En resumen: si
únicamente se está embebiendo un vídeo público, no cabe denuncia alguna.
Lo interesante es que esto sienta un
precedente de cara a futuras denuncias por violaciones de derechos de
autor en contenidos protegidos, siempre y cuando se repita el caso de
los enlaces, y quien inserte dichos contenidos no sea el responsable de
la subida original. Es decir:
si quien inserta un vídeo ajeno
protegido por derechos de autor no es el mismo que lo ha subido al lugar
que lo aloja, no habrá delito. Al menos con este precedente.
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